sábado 27 de junio de 2009
EL CONGRESO ANULO LAS LEYES PRIVATIZADORAS DE LAS TIERRAS DE LA AMAZONIA
Fueron dos meses de protestas y bloqueos de carreteras, con un saldo de al menos treinta y cuatro muertos, más de sesenta desaparecidos y más de un centenar de heridos. La convulsión social no le dejó al presidente García otra salida que retroceder. Leer la nota en:
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martes 16 de junio de 2009
Pronunciamiento de la Comunidad Académica A la Comunidad Internacional A los Ciudadanos Peruanos Al Estado del Perú
En la madrugada del 5 de Junio de 2009 empezó un violento enfrentamiento entre las llamadas fuerzas del orden del Estado Peruano y un grupo numeroso de ciudadanos peruanos Awajún. El objetivo de los primeros era desbloquear la carretera Fernando Belaúnde Terry, en el tramo llamado “La Curva del Diablo” cerca del pueblo de Bagua—en la selva Norte del Perú. Los segundos ejercían control de esa carretera como parte de la movilización pacífica y masiva en la que desde el 9 de Abril de este año participaban los pobladores de la Amazonía Peruana, desde la frontera con Colombia hasta la frontera con Bolivia. Los ciudadanos Peruanos habitantes de la Amazonía protestaban principalmente en contra del Decreto Legislativo 1090, pero también en contra de otros (1020, 1084,1069), con los cuales el Gobierno de Alan García quiere facilitar “el desarrollo de industrias extractivas” (petróleo, otros minerales, y biocombustibles) en los mismos territorios de los cuales viven decenas de grupos indígenas y no indígenas, quienes los usan para la pesca, agricultura, caza y recolección. Los pobladores de la Amazonía protestaban no sólo la transformación y eventual destrucción de sus recursos y de su forma de vida; también—y esto es muy importante—protestaban la inconstitucionalidad del D.L. 1090 pues su promulgación viola el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, norma con rango constitucional, que el Gobierno del Perú ha suscrito y que establece la consulta previa a los pueblos que habitan en esos territorios. La consulta previa no se realizó—por ello, los DL no son constitucionales. La indudable legalidad de la protesta contra la inconstitucionalidad de los DL sostenía el proceso llamado por los indígenas.
Durante más de 50 días la movilización en la Amazonía peruana se caracterizó por ser un evento masivo y pacífico. Era una medida de ejercicio de derechos ciudadanos para denunciar la inconstitucionalidad de varios decretos leyes que violan un acuerdo internacional suscrito por el Perú. Es decir, era una medida con la que los indígenas pedían a los representantes del Estado que cumplieran su propia legislación. Además de las protestas pacíficas en la Amazonía, la medida incluía esfuerzos muy visibles de la dirigencia indígena para lograr sus objetivos legalmente, solicitando al Presidente del Congreso de la República del Perú que se debata el mencionado DL, para lograr su derogatoria. Las múltiples solicitudes de diálogo hechas por los indígenas fueron ignoradas. También lo fueron los Obispos de la Amazonía y la Conferencia Episcopal instituciones que apoyaban la solicitud de diálogo de los indígenas. El Gobierno respondió de manera autoritaria; el 9 de Mayo declaró Estado de Emergencia en varias ciudades de la Amazonia. Sucesivamente, utilizando ideas de comienzo del Siglo XX, argumentó con ignorancia arrogante que los indígenas eran manipulados e hizo caso omiso a sus derechos ciudadanos. El jueves 4 de Junio, cuando la defensoría del Pueblo—órgano oficial del Estado peruano—había ya interpuesto una demanda de inconstitucionalidad contra el mencionado decreto, una sesión del Congreso Peruano decidió de manera definitiva cancelar la posibilidad de debate sobre la derogatoria de los DL. Con esta medida, la inconstitucionalidad prevaleció sobre el debate democrático. El Gobierno decidió no sólo ignorar a los indígenas sino desconocer la Constitución Nacional. Al día siguiente, el viernes 5 de Junio, las fuerzas policiales dieron inicio al desalojo de la mencionada carretera y lo que fue un esfuerzo pacífico se convirtió enfrentamiento violento. Al momento de escribir estas líneas, 9 de Junio, no existe información precisa acerca de los eventos. No se conoce el número exacto de muertos—algunas fuentes mencionan cerca de cien muertos. La cifra más conservadora indica 33. El número de heridos llega hasta 150, según algunas fuentes. Los números incluyen indígenas, no indígenas, policías y civiles. No se sabe quién empezó el tiroteo en el proceso de desalojo de la carretera. La versión oficial dice que fueron los indígenas; estos dicen que ellos no tenían armas.
Obviamente el problema no es quien disparó la primera bala el viernes 5 de Junio. El problema es la violencia desencadenada desde entonces y las muertes que causó. Era deber del Estado evitar esa violencia. Los responsables de las muertes y de la violencia son quienes, desde el Estado, decidieron en contra de la Constitución; quienes desde el Estado pudieron evitar la muerte y aceptar el diálogo y no lo hicieron. Los responsables de las muertes ocurridas desde el 5 de Junio son quienes, desde el Legislativo y el Ejecutivo, debieron tomar en serio, como ciudadanos sujetos de derecho, a quienes pedían al Estado Peruano que respete su propia Constitución y no lo hicieron. La obstinada violación de la Constitución desde el propio Estado, ha tenido como consecuencia la transgresión de los derechos humanos de los civiles y policías, víctimas de la violencia que un Gobierno responsable y respetuoso del Estado de Derecho pudo haber evitado.
Por la presente pedimos al Estado Peruano, a todas sus instituciones competentes y a las que les corresponda participación en el conflicto más allá del Presidente de la República:
a) Que el Estado Peruano respete su propia suscripción del Convenio 169 y derogue los Decretos Legislativos inconstitucionales;
b) Que respete la Declaración de las Naciones Unidas de los Derechos de los Pueblos Indígenas, firmada por Perú, en particular el derecho al consentimiento libre, previo e informado y el derecho a la tierra y uso de los recursos naturales (Artículos 26, 29 y 32 entre otros);
c) Que cumpla con las sentencias y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre los derechos a la tierra de los pueblos indígenas y su consentimiento libre, previo e informado;
d) Que cese el estado de sitio, la militarización de la zona y se respeten los derechos humanos de mujeres, hombres y niños/as;
e) Que se otorguen garantías nacionales y se organice presencia internacional para que los pueblos indígenas de la Amazonía Peruana retornen a la negociación pacífica de sus reclamos.
f) Que cese la persecución política de los políticos indígenas que actuaban en defensa de la Constitución de la Nación;
g) Que Alan García rinda cuentas ante el pueblo peruano y la comunidad internacional y conteste verazmente a las preguntas: ¿Por qué no aceptó el diálogo que los indígenas pidieron tantas veces? ¿Por qué el Congreso decidió no someter a debate la derogatoria de los Decretos Leyes el Jueves 4 de Junio? ¿Por qué militarizó el conflicto en vez de realizar una consulta democrática como proponían los indígenas Amazónicos?¿Por qué no respetó los derechos ciudadanos de los indígenas?
Para adherirse a este pronunciamiento mandar su nombre, nacionalidad, y afiliación institucional a
lunes 15 de junio de 2009
"Los Vecinos Autoconvocados de Tilcara contra la Minería de Uranio, apelaremos ante el Tribunal Superior de Justicia de Jujuy ”
La decisión fue tomada esta semana en una asamblea de vecinos, organizaciones e instituciones del Pueblo de Tilcara y Juella, luego de conocer que el Tribunal en lo Contencioso Administrativo de Jujuy rechazó el pedido de amparo presentado en Julio del 2008, para frenar la minería a cielo abierto y contaminante en la Quebrada de Humahuaca.
En el recurso de amparo se solicitaba que se abstengan de otorgar permisos de cateos, exploración, y explotación minera a cielo abierto y la utilización de sustancias químicas como cianuro, mercurio, acido sulfúrico, y otros tóxicos similares utilizados en el procesos de producción de minerales metalíferos, especialmente de uranio, y exige que se revoquen los permisos concedidos o en tramite en la zona de la Quebrada de Humahuaca.
Dicho pedido se fundamentó en la necesidad de asegurar el principio precautorio consagrado en el art. 4º de la Ley General de Medio Ambiente Nº 25.675/02 que reglamenta el art. 41º de la Constitución Nacional, y que dispone que cuando haya peligro de daño grave e irreversible, como lo es la explotación minera a cielo abierto, se debe actuar a favor de la protección del medio ambiente. En este sentido no es necesario esperar que se produzca el daño, ya que el mismo es irreversible
De esta manera los vecinos de Tilcara, afirmamos que NO QUEREMOS la MINERIA CONTAMINANTE en NUESTRAS TIERRAS y RIOS y DEFENDEMOS la VIDA y el AGUA, y por eso decidimos apelar ante el Tribunal Superior de Justicia de Jujuy.
Este Jueves 30 se realizará una nueva asamblea de vecinos, organizaciones e instituciones, donde se van a definir nuevas acciones a seguir, ya que la parte judicial es solo una parte. La otra estrategia es el compromiso de nuestro pueblo que no vamos a tolerar la explotación minera en la zona, no vamos a aceptar que vengan a mentirnos porque además de defender la Quebrada de Humahuaca, también estamos siendo un ejemplo para el resto de la provincia de Jujuy, porque en la Puna existen muchas comunidades aborígenes que tampoco quieren la minería a cielo abierto, y no los escuchan. Una gran manifestación pública del pueblo de Tilcara está dentro de las acciones que se analizan.
Queremos que el Gobierno deje de hacer propaganda para las mineras, que se pongan a pensar, que sean creativos y que desarrollen proyectos, que sean genuinos y perdurables para las comunidades. El trabajo de minero no es la única solución que tenemos. Existen muchas otras alternativas genuinas. El Pueblo de la Quebrada y la Puna es agrícola, ganadero y es muy amable con el turismo.
Las empresas mineras se instalan, dan algunos trabajos por pocos años, contaminan el medio ambiente ahora y para nuestros hijos, usan millones de litros de agua diarios, secando arroyos y napas de agua, perjudicando la agricultura y la ganadería de nuestra Quebrada y Puna, arruinando definitivamente la vida en el campo y los pueblos. Después que se vayan no habrá nada para comer porque quedarán contaminadas el agua y la tierra.
En Defensa del Agua y de la Vida.
No a la Minería de Uranio.
No a la Contaminación de nuestras tierras y ríos.
Vecinos Autoconvocados de Tilcara - Juella - Provincia de Jujuy.
27 de Abril 2009.-
No a la Mina de Uranio
No a la Mineria a Cielo Abierto
VECINOS AUTOCONVOCADOS TILCARA
contra la Mineria Contaminante
COMUNIDADES MBYA GUARANI DE MISIONES DEMANDAN INCLUSION DE SUS DERECHOS
Doce comunidades de distintos puntos de la provincia, en nombre de las demás, presentaron demanda judicial porque se omitió llamar a Referéndum para incorporar el reconocimiento de sus derechos en la Constitución Provincial ordenada por la ley 4000.
El 3 de junio Caciques y Representantes Legales de 12 Comunidades Mbya Guaraníes de Misiones (Arg) presentaron, ante el Superior Tribunal de Justicia, una demanda por Inconstitucionalida
Los representantes de las Comunidades fueron claros "Queremos que dejen a los misioneros opinar y nos apoyen para que nuestro pueblo y sus derechos sean reconocidos en la Constitución Provincial", "el art. 75 - inc.17 de la Constitución Nacional es claro respecto a que las provincias establezcan constitucionalmente los derechos de los Pueblos Originarios que habitan en ellas ancestralmente" agrego el Cacique Catri Duarte de la Comunidad de Katy Piry
"La acción por inconstitucionalida
"Desde el Gobernador de la Provincia las Comunidades solo tuvieron silencio, tampoco respondió al pedido de audiencia que le hicieron. Solo respondió el Tribunal Electoral declarándose incompetente y expresando que es facultad exclusiva del Gobernador Dr. Maurice Closs".
Marivi Puerta referente de EMiPA dejo claro que la mayoría de los misioneros quiere que se reconozcan legalmente los derechos de un pueblo que ha dado y tiene mucho para dar aun a la cultura no solo provincial. "Todos dicen estar de acuerdo, pero las autoridades no cumplen con el mandato constitucional. El Gobierno tiene que comprometerse no solo folklóricamente o con palabras bonitas. Es necesario que se deje al pueblo opinar eso es democracia".
Mientras tanto el organismo provincial, dependiente del Ministerio de Derechos Humanos, la Dirección Provincial de Asuntos Guaraníes (DPAG), se niega a acompañar a las Comunidades en este justo reclamo, como en tantos otros, sin fundamentos legales para su actitud, niegan el derecho al pueblo a expresarse. Por estas posturas en contra de los intereses guaraníes, las Comunidades solicitaron, en reiteradas oportunidades la renuncia al Director de la DPAG.
Ley 4000 Modificase el art 9°........
(incluyendo)
"La Provincia reconoce la preexistencia étnica y cultural del pueblo indígena Mbya garantizando el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural, a ser impartida, preferentemente, por docentes y auxiliares indígenas. Reconoce y garantiza la personería jurídica de sus comunidades y organizaciones y , asimismo el derecho a la participación plena a través de sus representantes, en la gestión de sus recursos naturales, el derecho a usar, mantener, desarrollar y administrar servicios propios de salud y demás intereses que los afecten. Reconoce la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan y regula la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano. Ninguna de ellas será enajenable, transmisible, prescriptible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asimismo, asegura su patrimonio cultural y propiedad intelectual.
Los Municipios pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones"
Art., 178 Constitución de Misiones
La enmienda o reforma de un solo articulo podrá ser sancionada por el voto de los tercios de la totalidad de los miembros de la Cámara de Representantes y el sufragio afirmativo del Pueblo de la Provincia, convocado al efecto en oportunidad de la primera elección del carácter provincial que se realice, en cuyo caso la enmienda o reforma quedará incorporada al texto constitucional. Reformas o enmiendas de esta naturaleza no podrán llevarse a cabo sino con intervalo de dos años.
Prensa Comunidades Guarani
3755 571 201
vascobaigorri@
martes 9 de junio de 2009
Marcha por Armando Mamaní
El petitorio apuntó a las autoridades de Cafayate pidiendo suspender las actividades de recreación nocturna hasta que se aclare el hecho en el que Armando Mamaní resultó gravemente herido.
La marcha culminó en la Comisaría N° 60 de Cafayate donde, con interminables aplausos y con reclamos de JUSTICIA, la gente depositó velas en señal de protesta ante este hecho vandálico.
Mamaní, actualmente internado en el hospital San Bernardo de la Ciudad de Salta, fue brutalmente golpeado en la madrugada del domingo pasado. Aun no supo esclarecerse que podría haber pasado ese domingo a las 4 de la mañana cuando, según la versión policial, una persona dio aviso a la policía local de haber visto desvanecerse a Mamaní mientras caminaba por el pasaje existente detrás del Mercado Municipal. Este testigo contó el hecho al personal policial que prestaba servicio adicional en el boliche Zoomber Pub. Fueron estos últimos los encargados de trasladarlo al hospital local.
Mamaní fue trasladado ese mismo día a la Ciudad de Salta, con un cuadro complicado, donde aun permanece internado desde el domingo sin dar signos de mejoría. La victima presenta golpes internos muy graves según lo denunciado por familiares y amigos.
Reproducimos Comunicado: SOCORRO-URGENTE- DESDE CAFAYATE.
Armando Mamani, joven trabajador, de origen humilde, padre de una niña de pocos años, que acaba de recibirse de enfermero, habitante de Cafayate, de ascendencia en los Pueblos Originarios de la Región Diaguita Calchaquí.
Armando Mamani es querido y apreciado, tanto el como toda su familia, por sus cualidades humanas, vecinales, laborales, de vocación al estudio.
El hecho brutal ha generado terror en la población. A tal punto que nadie quiere hablar de lo que vio. Hay miedo en los que vieron algo o todo.
Este joven fue abandonado en la calle, con la cabeza destrozada con huesos del cráneo rotos - astillados-, con infinidad de coágulos en la masa encefálica, con dientes rotos, con el hombro sacado y retorcido hacia la espalda, con el pecho golpeado, con sangre y liquido en los pulmones, con un ojo morado, con un fuerte hematoma en la parte baja de una pierna.
Con todo un cuadro de intento de Homicidio.
Trasladado al Hospital de Cafayate, alrededor de las 4 Hs.
A primeras horas de la mañana un policía se presento en la casa de una vecina- enfrente a la casa de la victima- a preguntar si allí vivía Armando Mamani. La vecina le indico que vivía enfrente, pero el policía no se dirigió a avisar a la familia.
La mama de Armando se entero a media mañana por los dichos de esta vecina que su hijo estaba en el Hospital.
Hacia allí se dirigió de inmediato la mama de Armando, Doña Eulalia Humano, a las 11Hs., encontrando a su hijo tirado en una camilla, con las mismas ropas ensangrentadas, sin higiene de ninguna clase, manando sangre, orinado y defecado.
Recién a partir de su llegada se le comenzó a dar otro tipo de atención, siendo trasladado de urgencia a 18 Hs. al hospital San Bernardo de Salta, donde se debate entre la vida y la muerte, en estado de coma, con respirador artificial, desde hace 7 días. Ya se han hecho cuatro marchas para rogar por su vida y pedir juicio y castigo a los culpables.
Por favor pedimos a todas las personas, Organismos de DDHH, Sociales, que puedan ayudarnos a esclarecer este hecho y peticionar a las autoridades de todo tipo para salvar a Armando y que se haga justicia.
Nuestra petición es:
1) Salvar la vida de Armando.
2) Juicio y Castigo a los culpables.